Resumen de la
CARTA ENCÍCLICA
HUMANAE VITAE
DE S. S. PABLO VI
A LOS VENERABLES HERMANOS LOS PATRIARCAS,
ARZOBISPOS, OBISPOS Y DEMÁS ORDINARIOS DE LUGAR
EN PAZ Y COMUNIÓN CON LA SEDE APOSTÓLICA,
AL CLERO Y A LOS FIELES DEL ORBE CATÓLICO
Y A TODOS LOS HOMBRES DE BUENA VOLUNTAD,
SOBRE LA REGULACIÓN DE LA NATALIDAD
(Parte 1 de 4)
(Esta primera
introducción no forma parte de la Carta Encíclica)
Lo primero que
deseo explicar es el rango normativo o jerárquico del presente documento
pontificio. En el vasto corpus de textos que emanan del Papa, no todos poseen
el mismo rango, finalidad ni autoridad. La Iglesia distingue cuidadosamente
entre los documentos que expresan el magisterio supremo, los que pertenecen al
magisterio ordinario y lo que son actos de gobierno o administración.
Comprender esta jerarquía es esencial para valorar el peso doctrinal o jurídico
de cada pronunciamiento pontificio.
La
forma más solemne de documento papal es la constitución apostólica. Se
utiliza para definir verdades de fe, promulgar leyes fundamentales o
reorganizar estructuras de la Iglesia. Se trata, en cualquier caso, del tipo de
documento que posee mayor autoridad jurídica y doctrinal, y que requiere el
máximo grado de asentimiento por parte de los fieles.
El
siguiente nivel se encuentran las encíclicas, cartas solemnes dirigidas
habitualmente a los obispos de todo el mundo y, a través de ellos, a los
fieles. Su finalidad es enseñar, no legislar. A través de ellas, el Papa ejerce
su magisterio ordinario en materias de fe, moral o doctrina social. Aunque no
son infalibles por sí mismas, su peso es considerable, especialmente cuando
reiteran la enseñanza constante de la Iglesia. La Humanae vitae entra
dentro de este rango normativo o jerárquico. Las encíclicas exigen de los
fieles un asentimiento religioso del entendimiento y de la voluntad, distinto
del asentimiento de fe debido a los dogmas, pero no menos serio.
Bajando
un escalón nos encontramos con la exhortación apostólica, la cuales son
más pastorales que doctrinales, donde se suelen publicar las conclusiones de un
Sínodo de Obispos o tratar de impulsar una determinada orientación misionera o
espiritual. Su autoridad es menor que el de una encíclica, pero no por ello carece
de valor magisterial.
Si
bajamos otro escalón tenemos la carta apostólica, el cual el Papa lo
utiliza como un instrumento flexible para tratar cuestiones concretas o
conmemorativas. Puede abordar temas teológicos, pastorales o disciplinares, sin
la solemnidad de una encíclica.
Bajando
un escalón más nos encontramos con el motu proprio, el cual es un
documento jurídico promulgado por el Papa “por iniciativa propia”. Su finalidad
es legislativa o administrativa: crea o modifica normas, estructura,
competencias. Su autoridad depende del ámbito en que actúe, pero en el terreno
legal tiene fuerza de ley universal.
Y
si seguimos bajando escalones nos encontramos con el quirógrafo pontificio, los
decretos, instrucciones y rescriptos, los discursos y mensajes y las homilías
papales. Se percibe una clarísima graduación de autoridad sin olvidar que la
fidelidad católica no consiste en medir la autoridad de cada texto como quien
sopesa un decreto administrativo, sino en reconocer en la voz del Sucesor de
Pedro la guía providencial que custodia, enseña y aplica la verdad del
Evangelio en la historia.
1. — La transmisión de la vida
La carta encíclica
del papa Pablo VI empieza con una decisión muy significativa: no abre con una
prohibición, sino con una llamada. La transmisión de la vida es presentada como
“gravísimo deber”, pero enseguida se entiende como algo más grande: los esposos
son “colaboradores libres y responsables de Dios Creador”. No es solo
obligación; es cooperación.
Y desde el inicio
se habla con realismo: esa misión trae “grandes alegrías”, pero también
“dificultades y angustias”. No se idealiza el matrimonio como pura felicidad,
ni se lo reduce a un problema.
Por eso, aunque
siempre ha habido cuestiones de conciencia, con la transformación actual surgen
“nuevas cuestiones” que afectan a la “vida y felicidad”, y la Iglesia no puede
ignorarlas.
2 — Nuevo enfoque del problema
La Carta Encíclica
explica por qué hoy el problema se plantea de un modo nuevo. Menciona el
desarrollo demográfico y el temor a que la población crezca más rápido que los
recursos, y advierte una “tentación”: que las autoridades recurran a “medidas
radicales”.
Reconoce también
presiones concretas (trabajo, vivienda, educación) que dificultan sostener “un
número elevado de hijos”.
Luego señala un
cambio cultural: la consideración de la mujer y su lugar social; y con ello, el
valor atribuido al amor conyugal y el significado de los actos conyugales
respecto de ese amor.
Y culmina
“finalmente, y sobre todo” con el progreso técnico: el impulso a extender el
dominio humano “a su mismo ser global” y “hasta las leyes que regulan la
transmisión de la vida”. La cuestión moral se agudiza cuando la técnica ofrece
poder sobre el origen de la vida.
3 — El nuevo estado de cosas hace plantear nuevas preguntas
Aquí el Papa Pablo
VI todavía no responde. Primero plantea con claridad las preguntas.
Si las normas
éticas vigentes son difíciles de observar “sin sacrificios, algunas veces
heroicos”, ¿habría que revisarlas?
Si se aplica el
“principio de totalidad”, ¿podría la intención de una fecundidad “menos
exuberante, pero más racional” volver “lícito y prudente” un control que
incluya una intervención “materialmente esterilizadora”? En pocas palabras: si
el objetivo es bueno o razonable, ¿eso bastaría para hacer moralmente aceptable
un medio que vuelve infecundo el acto o bloquea la procreación? Es decir:
¿puede una buena intención justificar un medio que provoca esterilidad?
Y, por último: ¿se
puede desplazar la finalidad procreadora del acto al conjunto de la vida
conyugal, sometiendo la regulación más a la razón y a la voluntad que a los
ritmos biológicos?
4 — Competencia del Magisterio
La Carta Encíclica
afirma que hace falta una “nueva y profunda reflexión” y explica por qué
corresponde al Magisterio. La doctrina moral del matrimonio se apoya en la ley
natural, “iluminada y enriquecida” por la Revelación. Y se sostiene que
el Magisterio interpreta también esa ley moral natural, como custodio e
intérprete auténtico: no se presenta como autor de la ley moral, sino como
servidor que la custodia y la explica.
Se recuerda que
esta línea se presenta en continuidad con declaraciones de predecesores. Se
apoya la misión de enseñar en el envío a enseñar lo mandado (Mt 28,18-19), y se
vincula el cumplimiento de la voluntad de Dios con la salvación (Mt 7,21). Y se
remite a una amplia cadena de referencias —Catecismo Romano, documentos de León
XIII, Pío XI, Pío XII y Juan XXIII, cánones del Código de Derecho Canónico y
los números 47–52 de Gaudium et Spes— para sostener que existe una
doctrina coherente sobre la naturaleza del matrimonio, el recto uso de los
derechos conyugales y los deberes de los esposos.
5 — Estudios especiales
Pablo VI explica
que, antes de responder, se siguió un camino de estudio. Confirma y amplía la
Comisión instituida por Juan XXIII (marzo de 1963), integrando expertos de
diversas disciplinas y también parejas de esposos. La finalidad es recoger
opiniones sobre nuevas cuestiones —en particular, la regulación de la
natalidad— y aportar elementos de información para la respuesta esperada por
fieles y opinión pública.
Para reforzar que
esto no fue un gesto vacío, se remite a alocuciones de Pablo VI vinculadas con
la Comisión y con este tema, como respaldo de ese proceso de consulta y
maduración.
6 — La respuesta del Magisterio
La Carta Encíclica
‘Humanae vitae’ explica por qué, aun con la Comisión, la decisión final
es magisterial. Pablo VI afirma que no podía considerar “definitivas” sus
conclusiones ni dispensarse de examinar personalmente la cuestión. Da dos
razones: no hubo plena concordancia sobre normas morales, y aparecieron
criterios que se apartaban de la doctrina sostenida “con constante firmeza”.
Describe entonces su camino interior: examen atento de la documentación, madura reflexión y “asiduas plegarias”. Y desde ahí declara: “queremos ahora… dar nuestra respuesta”.












