Principio
de subsidiariedad
«¿Acaso la imposición de
‘Educación para la Ciudadanía’ no supone una intromisión en el ámbito de la
familia por parte de las autoridades políticas? ¿Qué decir de la situación de
muchos colegios concertados, al borde del estrangulamiento económico?»
JOSÉ IGNACIO MUNILLA
Obispo de Palencia
Para comprender las razones últimas de muchos de los desencuentros que están
teniendo lugar en la construcción de nuestra sociedad, no es suficiente con
describir la disparidad de opciones personales, sino que es necesario
profundizar en los principios morales y espirituales sobre los que se sustentan
las diversas opciones. Sin pretender ahora tratarlos de modo exhaustivo, nos
centramos en uno de ellos en concreto: el llamado principio de subsidiariedad.
Es una de las columnas principales sobre las que se construye la Doctrina
Social Católica. Bien es cierto que se trata de un principio de Ley Natural,
reconocido y aceptado por ciudadanos de otras confesiones religiosas, e incluso
por quienes carecen de religión; pero es de justicia reconocer que, en buena
parte, su formulación y desarrollo se ha producido en el seno o al amparo de la
Iglesia Católica.
Pues bien, conforme al principio de
subsidiariedad, la persona humana, la familia, las iniciativas populares -y no
el Estado-, son el centro de toda la vida social. El Estado existe para la
persona y para la sociedad, pero no al revés.
En la Encíclica Quadragesimo anno,
Pío XI se expresaba en los siguientes términos: «No se puede quitar a los
individuos y darlo a la comunidad, lo que ellos pueden realizar por sus propias
cualidades y esfuerzo. Es gravemente injusto y perturbador del recto orden,
quitar a las comunidades menores e inferiores lo que ellas pueden hacer y
dárselo a una sociedad mayor y más elevada, ya que toda acción de la sociedad,
por su propia fuerza y naturaleza, debe prestar ayuda a los miembros del cuerpo
social, pero no destruirlos y absorberlos». Conforme a este principio, todas
las realidades sociales de orden superior deben ponerse al servicio de las
menores, con una actitud de ayuda (subsidium): reconocimiento, apoyo,
promoción, etc. Por el contrario, el Estado debe abstenerse de cuanto restrinja
el espacio vital de las células menores de la sociedad.
En la práctica, el principio de
subsidiariedad nos protege de las instancias sociales superiores, e insta a
éstas a ponerse al servicio de los particulares y de los cuerpos intermedios:
priman o tienen prioridad la persona, la familia, las asociaciones vecinales,
los ayuntamientos, el voluntariado, las fuerzas vivas de la sociedad, el
reconocimiento de la función social del sector privado, la salvaguarda de los
derechos de las minorías… Aun reconociendo que pueden darse casos y
circunstancias que requieran una función de suplencia por parte del Estado,
ésta no deberá extenderse y prolongarse más allá de lo estrictamente necesario.
El Catecismo de la Iglesia Católica expresa: «Cuando el Estado no pone su poder
al servicio de los derechos de todo ciudadano, y particularmente de quien es
más débil, se quebrantan los fundamentos mismos del Estado de derecho» (CEC
2273). Y Juan Pablo II en la Encíclica Centesimus Annus, nos dice que el
«Estado totalitario tiende, además, a absorber en sí mismo la nación, la
sociedad, la familia, las comunidades religiosas y las mismas personas».
Caso de Venezuela
El pasado 19 de octubre, la Conferencia
Episcopal Venezolana publicaba una Exhortación Pastoral en la que se
pronunciaba contra la propuesta de Reforma Constitucional presentada por el
presidente de Venezuela, Hugo Chávez. La voz profética del episcopado
venezolano se expresaba en estos términos: «Se acentúa la concentración de
poder en manos del Presidente de la República (…) se incrementa excesivamente
el poder del Estado (…) el gobierno controla muchísimos espacios de la vida
ciudadana (…) establece el dominio absoluto del Estado sobre la persona (…). El
Estado debe ayudar pero no absorber ni suplantar las iniciativas, la libertad y
la responsabilidad de las personas y de los grupos sociales (…) Por cuanto el
Proyecto de Reforma vulnera los derechos fundamentales del sistema democrático
y de la persona, poniendo en peligro la libertad y la convivencia social, la
consideramos moralmente inaceptable a la luz de la Doctrina Social de la
Iglesia».
Caso concreto de España
Aunque nuestro caso no sea comparable al
de Venezuela, es preocupante comprobar cómo muchos de los conflictos que
nuestra sociedad española está padeciendo, son generados por el desprecio al
principio de subsidiariedad. ¿Acaso la imposición de Educación para la
Ciudadanía, no supone una intromisión en el ámbito de la familia, por parte de
las autoridades políticas? ¿Qué decir de la situación de muchos colegios
concertados, al borde del estrangulamiento económico? ¿Acaso no ocurre lo mismo
con el control de los medios de comunicación? Un caso bien concreto lo estamos
percibiendo en España, con el arrinconamiento de Radio María en el reparto de
frecuencias, dentro del actual proceso de ordenación del espacio radiofónico.
Nuestra complicidad con el problema
Sin embargo, la violación del principio de
subsidiariedad no se explica exclusivamente por la tendencia de las autoridades
al despotismo. Tengamos en cuenta que la subsidiariedad exige participación y
compromiso personal, en modo responsable y con vistas al bien común. Por
desgracia, el absentismo y el desinterés por la vida social, pueden ser
percibidas como una opción más cómoda.
Por ello, parece oportuno que concluyamos
con las palabras finales de la referida Exhortación de los obispos venezolanos:
«Solamente quien es libre, construye la paz (…) Cada uno de los cristianos está
llamado a descubrir y promover caminos de justicia y reconciliación en la
familia, en cada comunidad y en toda la nación».



